Plan Renove de Alumbrado Exterior de la Comunidad de Madrid
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Resta Incentivo:1.500.000,00 €
 
 
Protocolo de Auditoría Energética de las Instalaciones de Alumbrado Público Exterior del IDAE
dudas más frecuentes
 
01.¿Qué ayuda concede el Plan Renove de Alumbrado Exterior de la Comunidad de Madrid para la eliminación de lámparas de vapor de mercurio y para las mejoras de la eficiencia energética de las instalaciones de alumbrado exterior?
02.¿Se incentiva cualquier tipo de sustitución de alumbrado exterior?
03.¿Se incentiva cualquier marca de luminaria exterior?
04.¿Qué se debe hacer en el caso de disponer de un modelo de luminaria de altas prestaciones que no se encuentra en la base de datos?
05.¿Quién puede optar a recibir el incentivo?
06.¿Quién puede realizar la instalación?
07.¿Qué documentación es necesaria presentar para obtener el incentivo?
08.¿Existe algún requisito más?
09.¿Quién puede presentar la solicitud del incentivo?
10.¿Dónde se presenta la documentación para tramitar el incentivo?
11.¿Cómo se cobra el incentivo?
12.¿Qué plazo de tiempo existe para solicitar el incentivo?
13.¿Dónde es posible recibir más información sobre el Plan Renove de Alumbrado Exterior de la Comunidad de Madrid?

01. ¿Qué ayuda concede el Plan Renove de Alumbrado Exterior de la Comunidad de Madrid para la eliminación de lámparas de vapor de mercurio y para las mejoras de la eficiencia energética de las instalaciones de alumbrado exterior?

La cuantía máxima de los incentivos para el desarrollo del Plan Renove, vendrá determinada en función del tipo de mejora implantada:

  1. Eliminación de puntos de luz con lámpara de vapor de mercurio:
    • Sustitución de la lámpara y equipos auxiliares: 20 €/punto de luz.
    • Sustitución de lámpara, equipos auxiliares y luminaria: 100 €/punto de luz
  2. Renovación de puntos de luz de potencia mayor o igual a 250 W: 100€/punto de luz.

En cualquier caso, la ayuda pública nunca podrá superar el 40% del coste elegible de cada proyecto.

02. ¿Se incentiva cualquier tipo de sustitución de alumbrado exterior?

No. Solo son incentivables las instalaciones realizadas con luminarias de altas prestaciones.

Se consideran como luminarias de altas prestaciones las que cumplan las siguientes condiciones:

  1. Rendimiento mayor o igual al 75%.
  2. Grado de protección IP 65.
  3. El reflector será de aluminio.
  4. Flujo hemisférico superior instalado inferior al 3%.

Además, la sustitución debe reducir la potencia instalada del conjunto lámpara más equipos auxiliares en un mínimo del 35%.

Cuando la reforma de los puntos de luz del alumbrado contemple la utilización de tecnología LED, se deberá tener en consideración lo establecido en el documento “Requisitos técnicos exigibles para luminarias con tecnología LED de alumbrado exterior” elaborado por el IDAE y el CEI. Pulsando en el siguiente icono puede acceder a dicho documento .

03. ¿Se incentiva cualquier marca de luminaria exterior?

Sí, siempre que esté dentro de la base de datos de luminarias de altas prestaciones, que se puede visualizar en esta misma página web.

04. ¿Qué se debe hacer en el caso de disponer de un modelo de luminaria de altas prestaciones que no se encuentra en la base de datos?

La luminaria deberá cumplir las especificaciones reflejadas en la pregunta 2. En tal caso, para incluir dicha luminaria en la base de datos se ha de enviar la documentación acreditativa de estas especificaciones para su comprobación y posterior inclusión en dicha base de datos.

Una vez incluida en dicha base de datos, podrá ser objeto del incentivo del Plan.

05. ¿Quién puede optar a recibir el incentivo?

Podrán acogerse al Plan las mejoras que se realicen, en instalaciones de alumbrado exterior que incidan sobre vía pública existentes de la Comunidad de Madrid.

En el caso de ser instalaciones de titularidad municipal quedan excluidos de los incentivos los Ayuntamientos de más de 25.000 habitantes.

06. ¿Quién puede realizar la instalación?

Todas las tramitaciones se realizarán a través de la aplicación www.madridilumina.com por Empresas Instaladoras Habilitadas y además registradas para tramitar el Plan Renove de Alumbrado Exterior de la Comunidad de Madrid.

En la página web www.madridilumina.com encontrará las empresas instaladoras habilitadas adheridas al Plan más cercanas a su domicilio.

07. ¿Qué documentación es necesario presentar para obtener el incentivo?

Una vez ejecutada la instalación la Empresa Instaladora deberá remitir a APIEM el original del Boletín de Solicitud del Incentivo del Plan Renove de Alumbrado Exterior de la Comunidad de Madrid que hayan tramitado, debidamente cumplimentado y firmado, tanto por el solicitante del incentivo como por un responsable de la empresa, acompañado de originales o copias para su cotejo de la documentación siguiente:

  1. Tarjeta de Identificación Fiscal del solicitante.
  2. En su caso, documentación acreditativa de la representación con la que actúa el firmante de la solicitud.
  3. Certificados de que el solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Hacienda Autonómica así como, en su caso, con la Seguridad Social, o, en su defecto, tener concedido aplazamiento o moratoria.
  4. Declaración de no haber recibido otras ayudas de la Comunidad de Madrid para esta instalación (Anexo III).
  5. Presupuesto desglosado de la Empresa Instaladora, firmado por la Empresa Instaladora y el representante de la solicitud.
  6. Factura/s desglosada/s aceptada por el titular con el suficiente detalle de actuaciones, para conocer el coste y el alcance de los trabajos acogidos al Plan Renove, firmado por la Empresa Instaladora y el representante de la solicitud (las firmas deben ser originales).
  7. Justificante/s bancario de pago de dicha/s factura/s, por parte del titular.
  8. Documento justificativo de la entrega de las lámparas y luminarias retiradas a un Sistema Integrado de Gestión de Residuos (SIG).
  9. Memoria justificativa de la disminución de la potencia instalada y del ahorro energético producido con la mejora, en la que se incluyan todas las características técnicas de los puntos de luz existentes y de la nueva instalación. Además, se indicará la situación exacta de cada uno de los puntos de luz sustituidos, mediante un plano de detalle.
  10. Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria donde se solicita el pago del incentivo.

Entre la fecha de solicitud del número de expediente y la fecha de presentación en APIEM del boletín de solicitud del incentivo junto con la documentación adjunta, no deben transcurrir más de 30 días naturales, con fecha límite 1 de octubre de 2012 Transcurrido este plazo, caducará el expediente y será necesario reiniciar el procedimiento solicitando un nuevo expediente.

08. ¿Existe algún requisito más?

Las actuaciones que se pretendan acoger al Plan también deben cumplir las siguientes condiciones:

  1. Realizarse en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
  2. Las luminarias que se instalen deben ser nuevas.

09. ¿Quién puede presentar la solicitud del incentivo?

El instalador en nombre de su cliente.

10. ¿Dónde se presenta la documentación para tramitar el incentivo?

En la sede de APIEM (Asociación Profesional de Empresarios de Instalaciones Eléctricas y Telecomunicaciones de Madrid).

Horario: de 9 a 14 h
Lugar: Calle Magallanes 36-38
Tfno.: 91.594.52.71

11. ¿Cómo se cobra el incentivo?

Una vez recibida por APIEM la documentación reseñada y realizadas todas las comprobaciones precisas, se procederá al pago de la cuantía del incentivo mediante transferencia bancaria al número de cuenta facilitado por el titular.

12. ¿Qué plazo de tiempo existe para solicitar el incentivo?

Podrán acoger al Plan las mejoras que se realicen en instalaciones de alumbrado exterior que incidan sobre la vía pública existente de la Comunidad de Madrid, desde el 1 de enero de 2011 o hasta el agotamiento de los fondos asignados al Plan Renove de Alumbrado Exterior de la Comunidad de Madrid, con el límite del 1 de octubre de 2012.

13. ¿Dónde es posible recibir más información sobre el Plan Renove de Alumbrado Exterior de la Comunidad de Madrid?

Contactando con APIEM en el Tfno.: 91.594.52.71, (opción 9) o en el correo electrónico madridilumina@apiem.org




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